Comisiones
CONFORMACIÓN DE COMISIONES DEL GADPR TOACASO 15 DE MAYO DE 2019 A 15 DE MAYO DE 2021
CONFORMACIÓN DE COMISIONES DEL GADPR TOACASO 15 DE MAYO DE 2021 A 15 DE MAYO DE 2023
Vaca Guangaje José Reinaldo
COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTOS
Artículo 27. Comisión de planificación y presupuesto
Misión: Coadyuvar la planificación y el desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en coordinación con el gobierno cantonal y provincial y la elaboración, control y ejecución del presupuesto del gobierno parroquial, conforme al COOTAD Art. 295, 296, 297.
Artículo 28. Atribuciones:
a. Analizar los planes, programas y proyectos, presentados por el presidente a la Junta Parroquial, para cada una de las competencias parroquiales y emitir informes motivadas sobre los mismos;
b. Estudiar el proyecto de presupuesto presentado por el presidente del Gobierno Parroquial, y emitir el correspondiente informe, de acuerdo con lo establecido en el COOTAD y demás leyes conexas;
c. Conocer y examinar los asuntos que le sean sometidos por el presidente/a del Gobierno Parroquial emitiendo opiniones que contengan soluciones o alternativas cuando corresponda;
d. Estudiar y analizar la necesidad de los servicios que requiera la población de la parroquia, estableciendo prioridades de acuerdo con la planificación institucional y proponer al órgano legislativo del Gobierno Parroquial;
e. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, reglamentarias y demás regulaciones establecidas en el COOTAD desde el Art. 233 hasta el 249 respecto a la programación, aprobación y sanción del presupuesto y ejecución de este.
Catota Alomoto Jenifer Paulina
COMISIÓN DE GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA, EQUIPAMIENTOS Y ESPACIOS PÚBLICOS
Artículo 29. Comisión de obras públicas, equipamiento y espacios públicos
Misión: Velar por el mantenimiento adecuado de todas las vías principales y secundarias, aceras, bordillos, puentes, ordenamiento del transporte, telecomunicaciones etc. de la Parroquia.
Responsable: Presidente/a de la Comisión.
Artículo 30. Atribuciones
a. Vigilar el cumplimiento de las obras públicas contratadas por el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial;
b. Informar con oportunidad las novedades que se detecten dentro de la labor de fiscalización a las Obras Públicas que realiza la Comisión;
c. Vigilar por la correcta utilización, desempeño y mantenimiento de la maquinaria en el mantenimiento vial parroquial;
d. Planificar, participar y coordinar con los diferentes niveles de gobierno y ministerios en la construcción de proyectos viales y de infraestructura física;
e. Atender los requerimientos viales presentados por la población y efectuar la debida gestión ante las entidades competentes y rectoras en materia vial;
f. Coordinar con las comunidades y barrios que requieran de mejoramiento y arreglo de vías e infraestructura física;
g. Motivar y organizar a la población mediante mingas para la ejecución de obras de mantenimiento vial y caminos vecinales;
h. Gestionar ante la dirección provincial de obras públicas y departamentos municipales de obras públicas para conseguir la maquinaria necesaria para apertura y mantenimiento vial;
i. Presentar el plan operativo anual de apertura y mantenimiento vial e infraestructura física; y,
j. Presentar informes de las actividades realizadas.
Chacha Quinaucho José Antonio
COMISIÓN DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
Artículo 37. Comisión de relaciones nacionales e internacionales
Misión: Velar por la armonización de la gestión de cooperación nacional e internacional no reembolsable con los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial respectivo.
Artículo 38. Atribuciones
a. Coordinar las iniciativas de cooperación y colaboración nacional e internacional para el beneficio de la parroquia y en función de sus competencias;
b. Diseño y coordinación de proyectos para la búsqueda de financiamiento;
c. Búsqueda de socios estratégicos con la academia, las embajadas y las instituciones privadas;
d. Establecimiento de convenios y acuerdos bilaterales con instituciones públicas, privadas y ONGS que posibiliten la ejecución de actividades contempladas en los diferentes programas y proyectos del plan de desarrollo y ordenamiento territorial;
e. Las demás que la normativa legal vigente lo permita; y,
f. Elaboración de informes de las actividades realizadas.
COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN
Artículo 40. Comisión de Fiscalización.- Tendrá como responsabilidad:
a. Gestionar el cumplimiento con lo estipulado en el artículo 68 literal
b) del COOTAD, por parte de los vocales de la junta parroquial para la elaboración, análisis y aprobación de las normativas parroquiales;
b. Coordinar los procesos que permitan el fiel cumplimiento de la Disposición Transitoria Vigésima Segunda que obliga a codificar las normas vigentes y crear la gaceta normativas oficiales, con fines de información, registro y codificación;
c. Gestionar el cumplimiento con lo estipulado en el artículo 68 literal
b) del COOTAD, por parte de los vocales de la Junta Parroquial para la elaboración, análisis y aprobación de las normativas parroquiales;
d. Coordinar los procesos que faciliten el cumplimiento del literal d) del artículo 68 del COOTAD, referente a la fiscalización del accionar del Ejecutivo del GAD Parroquial; y,
e. Presentar semestralmente
Alomoto Alomoto Edwin Patricio
COMISIÓN DE SALUD, SEGURIDAD Y AMBIENTE
Artículo 33. Comisión de salud, seguridad y ambiente
Misión: Desarrollar una gestión ambiental sustentable y sostenible para la conservación y aprovechamiento de los recursos naturales y de los ecosistemas, así como promover la seguridad y articular los aspectos de la salud para el buen vivir de la población de la parroquia Toacaso.
Artículo 34. Atribuciones
a. Vigilar el cumplimiento de leyes y normas de la gestión de manejo ambiental de los ecosistemas y recursos naturales;
b. Controlar las diferentes actividades que se desarrollen en la parroquia, desde el punto de vista sanitario ambiental, especialmente en lo que respecta a: ruidos, olores desagradables, humos, gases tóxicos y demás factores que puedan afectar la salud y bienestar de la población;
c. Apoyar en la educación a la población en temas de protección y preservación ambiental;
d. Organizar campañas de higiene y salubridad a realizarse en la parroquia, en coordinación con otras instituciones públicas y privadas vinculadas con esta materia;
e. Gestionar e impulsar la capacitación de productores agropecuarios en técnicas ecológicas ya que son actores directos de apoyo a la calidad ambiental en la parroquia;
f. Liderar procesos de recuperación y preservación ambiental;
g. Participar y coordinar con los diferentes Gobiernos Autónomos Descentralizados, Ministerios e Instituciones Públicas y Privadas en la formulación de planes, programas y proyectos sobre
protección del ambiente, salud y seguridad;
h. Crear políticas de conservación de ecosistemas y servicios ambientales mediante la ampliación de los límites del área de bosque, páramos y vegetación;
i. Realizar un diagnóstico de la realidad en salud, seguridad y ambiente de la parroquia;
j. Coordinar actividades de saneamiento ambiental con las instituciones de Salud, MIDUVI, MAATE y otros afines;
k. Realizar una revisión continua de la normativa vigente en la materia gestión de riesgos y seguridad;
l. Implementar mecanismos que aseguren el cumplimiento de las funciones asignadas a cada uno de los miembros de la comisión sobre la gestión de riesgos;
m. Incentivar el mejoramiento progresivo de las condiciones de salud y seguridad en el ámbito de la gestión de riesgos;
n. Diseñar un programa de prevención de riesgos, implementarlo, supervisarlo y evaluarlo;
o. Establecer y coordinar acciones de capacitación teórico-prácticas, de carácter general y específico, referidas a medidas a tomar en caso de emergencias de distinto origen y magnitud; y,
p. Presentar informes al gobierno parroquial y a la Asamblea Parroquial, sobre las actividades cumplidas;
COMISIÓN DE FOMENTO PRODUCTIVO Y TURISMO
Artículo 35. Comisión de fomento productivo y turismo
Misión: Proponer proyectos de producción, almacenamiento y comercialización, de productos tradicionales, con preferencia los orgánicamente cultivados, como también sus derivados y otros proyectos de emprendimientos productivos y turísticos para grupos de mujeres, personas con discapacidad, adulto mayor y la población en general.
Artículo 36. Atribuciones
a. Elaborar propuestas de proyectos de fomento productivo y turístico para grupo de mujeres, personas con capacidades diferentes, adulto mayor, microempresas comunitarias y contemplar en la planificación anual;
b. Proponer las plataformas y sistema de comercialización para emprendimientos productivos, microempresarial y turísticos;
c. Realizar monitoreo y seguimiento de las actividades productivas y emprendimientos turísticos que se ejecuten en la parroquia;
d. Presentará el POA anual de actividades con sus respectivos tiempos de ejecución;
e. Fomentar el desarrollo agrícola, pecuario y agroecológico de la Parroquia;
f. Impulsar la creación de asociaciones u organizaciones productivas, que tengan como prioridad la inclusión a la economía popular y solidaria y gestionar ante las instancias competentes la personería jurídica de estas organizaciones;
g. Gestionar la articulación con los diferentes niveles de gobierno e instituciones gubernamentales y no gubernamentales adheridas a proyectos productivos y turísticos;
h. Organizar y coordinar ferias agrícolas, agropecuarias, frutícolas y turístico, que involucre a las diferentes asociaciones y organizaciones comunitarias de la parroquia;
i. Organizar y participar en la elaboración de programas de capacitación para el fortalecimiento productivo de las asociaciones u organización comunitarias dentro de la parroquia;
j. Presentar proyectos para el fomento de las actividades, servicios y rutas turísticas de la parroquia;
k. Apoyar el rescate de valores culturales e incentivar el desarrollo turístico de la Parroquia;
l. Incentivar el desarrollo de las artesanías en todas las comunidades de la parroquia como parte del desarrollo turístico;
m. Coordinar la imagen de marca, para la promoción y difusión del turismo en la Parroquia; y,
n. Presentar informes al Gobierno Parroquial y a la Asamblea Parroquial, sobre las actividades cumplidas.
Rivera Santana William Fernando
COMISIÓN DE IGUALDAD, GÉNERO, EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
Artículo 31. Comisión de igualdad, género, educación, cultura y deportes
Misión: Diseñar y ejecutar los proyectos relacionados a la igualdad de género, la educación, fortalecer y rescatar la cultura y apoyar a los de eventos deportivos, que conlleven a la unidad parroquial e inter parroquial.
Artículo 32. Atribuciones
a. Elaborar un plan de actividades con las instituciones educativas, para realizar eventos de: libro leído, pintura, dibujo y otras actividades;
b. Presentar el plan anual de actividades, culturales, educativas, de género y deportivas;
c. Participar en la organización de campeonatos deportivos en coordinación con los presidentes de las ligas barriales, parroquiales e inter-parroquiales;
d. Presentará el Plan Operativo Anual de actividades;
e. Impulsar la conformación de organizaciones sociales de la población, para el mejoramiento del nivel de vida y el fomento de la cultura y el deporte;
f. Propiciar el desarrollo cultural, deportivo y social de los habitantes de la Parroquia con equidad de género;
g. Incorporar de manera transversal el enfoque de igualdad de género en el plan de desarrollo y ordenamiento territorial, programas, proyectos; y en general en todas las normas, actos y resoluciones de la Junta Parroquial.
h. Presentar propuestas para la implementación de políticas públicas de Igualdad y de Género, a través de las instancias creadas para el efecto;
i. Fiscalizar, el cumplimiento del Art. 249 del COOTAD, respecto a la asignación del presupuesto, planificación y ejecución de programas sociales para los grupos de atención prioritaria;
j. Promover la participación colectiva para el diseño de políticas públicas con enfoque de igualdad de género;
k. Promover espacios de participación colectiva con enfoque de igualdad y de género mediante actos culturales, artísticos, técnicos y científicos;
l. Velar por el cumplimiento de la equidad de género e inclusión social; y,
m. Presentar un informe de las actividades realizadas.
Marcalla Ashqui Paola Patricia
SECRETARIO/A
Artículo 42. Secretario/a.- Será funcionario/a de libre nombramiento y remoción caucionado designado de acuerdo con la Ley, por el ejecutivo del gobierno parroquial y quien deberá reunir los requisitos establecidos en el Art. 357 del COOTAD; y en caso de agotar todas las posibilidades, se contratará el perfil más idóneo y acorde a la funcionalidad del cargo.
Artículo 43. Funciones, deberes y atribuciones del secretario/a
a. Brindar una atención adecuada al público, asistencia con información oportuna y pertinente, a fin de garantizar el derecho de la población a servicios públicos de calidad
b. Redactar oficios que la/el presidente del Gobierno Parroquial disponga;
c. Administrar el sistema de documentación y archivo del Gobierno Parroquial, de acuerdo con las normas técnicas existentes para el efecto;
d. Suscribir la correspondencia de trámites que disponga el presidente;
e. Tramitar informes, certificaciones, correspondencia y demás documentos sobre los que tenga competencia;
f. Redactar las actas y resoluciones de las sesiones de la junta parroquial y de las comisiones, y suscribirlas conjuntamente con el presidente una vez aprobadas.
g. Notificar las resoluciones de la junta parroquial y del presidente/a, a personas naturales o jurídicas y entidades u organismos;
h. Dar fe de los actos del Gobierno Parroquial, de las comisiones y de la junta parroquial asegurando oportunidad y reserva en el manejo de la documentación oficial;
i. Certificar la autenticidad de la documentación expedida por el Gobierno Parroquial y su Junta Parroquial; y, sus reproducciones de documentos oficiales, en caso de peticiones efectuadas por personas naturales o jurídicas;
j. Apoyar a las comisiones del Gobierno Parroquial; y,
k. Las demás que le asigne el presidente/
Rivera Almeida Cristian Patricio
TESORERO/A
Artículo 44. Tesorero/a.- Es el funcionario encargado de administrar los recursos financieros asignados aplicando las leyes y demás disposiciones legales, así como proveer información financiera oportuna.
Artículo 45. Funciones, deberes y atribuciones del tesorero/a
a. Asesor a los diferentes niveles o procesos del Gobierno Parroquial, en temas financieros;
b. Asistir a las reuniones del Gobierno en pleno y de la Asamblea parroquial con voz informativa.
c. Entregar en forma oportuna, el anteproyecto de resoluciones presupuestarias, para la aprobación interna respectiva, así como de la reforma al presupuesto;
d. Elaborar los contratos de toda índole;
e. Supervisar, coordinar y dirigir las actividades financieras, que desarrolle el Gobierno Parroquial;
f. Analizar, interpretar y emitir informes sobre los estudios financieros y sobre cualquier otro asunto relacionado con la administración financiera parroquial y someterlo a consideración del presidente, además presentar con oportunidad los correspondientes estados financieros y anexos a los organismos públicos que por ley corresponde;
g. Velar por el cabal cumplimiento de los sistemas de contabilidad y presupuestos de conformidad con los manuales y normas emitidas por los organismos rectores del sistema de gestión financiera;
h. Participar por mandato legal o por delegación en transferencias y entrega recepciones de los bienes del Gobierno Parroquial;
i. Participar en el proceso de contratación para la adquisición de bienes y servicios de acuerdo con las disposiciones de las respectivas leyes y reglamentos;
j. Proporcionar información financiera a los niveles internos, cuando lo solicite su autoridad y las diversas dependencias administrativas;
k. Recaudar dinero y documentos negociables producto de impuestos y tasas, de ser el caso;
l. Contabilizar e ingresar al presupuesto del Gobierno Parroquial, las transferencias de las diferentes instituciones;
m. Verificar que previo al pago, las transacciones financieras estén debidamente sustentadas con la documentación suficiente, pertinente y legal.
n. Realizar los pagos diferentes conceptos;
o. Mantener en custodia los títulos de créditos, especies valoradas u otros documentos a su cargo;
p. Establecer salvaguardia física para proteger los recursos financieros y demás documentos bajo su custodia;
q. Registro y control de las garantías, pólizas y demás documentos bajo su custodia y que se encuentran próximas a su vencimiento, con veinte días de anticipación; y,
r. Cumplir con las disposiciones legales, reglamentos, resoluciones y las que dispongan el presidente/a del Gobierno Parroquial.